Esta medida afecta a modelos con formas como gyoza y dumpling, y surge a raíz de denuncias y antecedentes que alertaron sobre la posible presencia de benceno, ftalatos y otros productos químicos tóxicos en concentraciones que superan los límites autorizados.
La disposición fue publicada el lunes en el Boletín Oficial y entró en vigor de inmediato. Además de prohibir su venta, obliga a los importadores, fabricantes y comerciantes a destruir o desechar de manera segura las existencias que queden.
Los fundamentos de esta medida indican que se recibieron denuncias sobre juguetes importados que podrían contener sustancias en niveles superiores a los permitidos según las normas técnicas de seguridad.
El texto del decreto advierte que esos compuestos presentan riesgos al contacto con la piel o a través de la inhalación, citando alertas previas emitidas en el Reino Unido respecto a productos similares.
Se destacan específicamente los juguetes blandos elaborados con polímeros plásticos que adoptan formas de “gyoza, dumpling” u otros similares.
El Gobierno también ha señalado que estos productos suelen ser vendidos sin la información o advertencias en español, y están disponibles tanto en tiendas físicas como en plataformas de redes sociales y marketplaces.
La norma establece que quienes operen páginas web deberán publicar de manera prominente la información sobre esta disposición en un plazo de 72 horas hábiles a partir de su vigencia.
Sin embargo, no todos los juguetes de este tipo quedan automáticamente bajo esta prohibición. Existe una excepción para aquellos fabricantes, importadores y vendedores que puedan presentar una declaración jurada de conformidad y certificaciones que demuestren la inocuidad de los productos y el cumplimiento de las normativas de seguridad.
Para las importaciones, la Aduana solo podrá liberar la mercancía una vez verificados estos requisitos.
Respecto a los productos que no cuenten con dicha excepción, las existencias de fabricantes, importadores, mayoristas o minoristas deberán ser destruidas o desechadas de manera segura e inmediata.
El incumplimiento de esta disposición podría acarrear las sanciones estipuladas en la Ley de Defensa del Consumidor y el Decreto 274/2019, además de eventuales consecuencias penales, cuando corresponda.
La Disposición 690/2026 también exige comunicar esta decisión al Ministerio de Salud, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y a las autoridades de comercio y defensa del consumidor en todas las jurisdicciones del país.









