El dictamen unánime firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, estableció que la justicia laboral había incurrido en reformatio in peius, una normativa que prohíbe empeorar el fallo original cuando solo una de las partes presenta un recurso.
En este caso, el máximo tribunal determinó que el incremento del beneficio se otorgó sin que el propio empleado lo hubiera solicitado en su apelación.
El origen del conflicto legal se remonta a la demanda de Sergio Pagani, un técnico electricista que, en agosto de 2017, sufrió una caída de una escalera mientras instalaba cámaras de seguridad, lo que le ocasionó una fractura de meniscos en la rodilla.
Inicialmente, la Comisión Médica N° 10 evaluó que Pagani tenía una incapacidad laboral permanente parcial del 5%. No conforme con esta determinación, el trabajador impugnó la evaluación en la justicia, alegando que las secuelas del accidente eran significativamente mayores.
En primera instancia, un juez laboral le otorgó la razón y reconoció 16% de incapacidad, condenando a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. a abonar una indemnización de $ 240.585, más intereses.
En este contexto, únicamente la ART presentó un recurso de apelación. Sin embargo, la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Trabajo no solo desestimó el reclamo de la aseguradora, sino que, de manera unilateral, decidió aumentar el monto indemnizatorio por considerar que era insuficiente.
La Cámara argumentó que el monto original no alcanzaba ni el 60% del tope mínimo vigente para dicho grado de incapacidad. Bajo esta premisa, elevaron la indemnización de Pagani a $ 1.619.177,84, más intereses retroactivos desde 2022, basándose en una resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
La ART acudió a la Corte Suprema, argumentando que la sentencia era injusta y que la Cámara había aplicado una resolución de 2022 que el trabajador no había solicitado. Esto, según la aseguradora, infringía el principio de congruencia y su derecho de defensa.
La Corte admitió el argumento de la aseguradora. Los jueces señalaron que la Cámara había sobrepasado los límites de su intervención, colocando a la aseguradora en una situación más desfavorable que la dictada en primera instancia.
El fallo de la Corte subraya que se vulneró el límite de competencia de los jueces de Cámara. Al no haber apelado el trabajador, el tribunal carecía de facultades para mejorar su situación económica de manera oficiosa, lo que perjudicó exclusivamente a la parte que sí había buscado revisar la sentencia.
Como resultado, el máximo tribunal anuló el incremento implementado por la Cámara del Trabajo y ordenó que se emita un nuevo pronunciamiento que cumpla estrictamente con los límites legales establecidos.
De este modo, esta resolución establece un precedente significativo acerca del principio de congruencia en el ámbito laboral, así como sobre la base para cálculos actuariales y estimaciones económicas.









