Mediante la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, firmada por la Subdirección General de Asuntos Jurídicos, ARCA ha instruido a su equipo legal para que se abstenga de apelar y de recurrir fallos desfavorables al fisco. Esta directriz es aplicable a aquellos jubilados que solicitan la exención del impuesto a las ganancias debido a circunstancias de vulnerabilidad relacionadas con la edad, enfermedades, gastos médicos elevados o situaciones que afectan su subsistencia.
Diego Fraga, abogado tributarista y socio de Expansion Holding, comentó: “La novedad de esta instrucción es institucional. No es frecuente que el organismo fiscal reconozca, de manera expresa, que seguir recurriendo ciertos casos genera costos innecesarios y que no tiene sentido insistir ante la Corte cuando el criterio ya está consolidado. Muchas veces continúa litigando aun cuando sabe que sus chances son bajas, para ganar tiempo o dilatar el impacto fiscal de las sentencias. Pero tratándose de jubilados, hacerlos litigar durante años cuando el resultado es previsible resulta particularmente grave”.
Esta decisión se basa en el caso “García, María Isabel c/ AFIP” de 2019, en el que la Corte declaró inconstitucional el cobro de Ganancias sobre la jubilación de privilegio de una mujer de 79 años, ex diputada y docente de Entre Ríos, quien alegó problemas de salud. En su dictamen, los jueces afirmaron que el envejecimiento y la discapacidad son factores clave de vulnerabilidad y que la capacidad contributiva de los jubilados no debe evaluarse de la misma manera que la de otros contribuyentes. Además, instaron al Congreso a crear un régimen especial para jubilados en situación de vulnerabilidad, lo que nunca se ha concretado.
Marcos Felice, contador y fundador del Blog del Contador, agregó: “Aquellos jubilados que estén en litigio y cuenten con sentencias basadas en la doctrina de la Corte del caso García, ya tendrán firmes los fallos que les favorezcan y, por ende, no deberán sufrir retenciones de Ganancias sobre sus haberes. Hasta ahora, muchos expedientes continuaban su curso, a pesar de que los tribunales inferiores aplicaban ‘García’. Si ARCA deja de insistir en ciertos casos, el proceso podría simplificarse considerablemente”.
Por otra parte, los jubilados disfrutan de una deducción mayor en comparación con los asalariados, ya que se establece un umbral de ocho haberes mínimos jubilatorios. Sin embargo, la instrucción general de ARCA no es aplicable en todos los casos.









