Es importante puntualizar que el SAC es aplicable únicamente a los empleados en relación de dependencia que laboran en el sector privado, la administración pública y en empresas estatales. Este beneficio también se extiende a trabajadores registrados así como a jubilados y pensionados del sistema previsional. Por el contrario, quedan excluidos quienes no están registrados, los monotributistas y aquellos que realizan trabajos informales sin aportes.
Cada aguinaldo equivale al 50% del salario de mayor remuneración mensual que el trabajador haya recibido en el semestre correspondiente. Así, se debe considerar el sueldo más alto del periodo que abarca de enero a junio.
Para quienes hayan trabajado durante todo el semestre, es decir, de julio a diciembre, el cálculo del aguinaldo se efectúa tomando la mitad de la mayor remuneración mensual obtenida en ese periodo.
En el caso de los trabajadores que no completaron los seis meses, el aguinaldo se calcula de forma proporcional a los meses trabajados. Dado que cada cuota del aguinaldo se basa en el primer o segundo semestre, es fundamental conocer la fecha de inicio de las actividades para realizar un cálculo preciso.
La fórmula para determinar el aguinaldo se expresa de la siguiente manera: (salario del empleado / 12) * meses trabajados. Por ejemplo, si el salario máximo registrado fue de $100.000 y el trabajador desempeñó su labor durante seis meses, el aguinaldo correspondiente sería (100.000 / 12) * 6 = $50.000.
De acuerdo a lo estipulado en la ley 27.073, que regula los contratos laborales, el SAC se abona en dos cuotas y establece fechas de pago específicas. En el caso del aguinaldo de junio, el plazo límite es el 30 de junio, día que este año cae en martes.
Sin embargo, las empresas disponen de un período de gracia de cuatro días hábiles tras la fecha de vencimiento. Esto implica que algunos trabajadores registrados podrían recibir su aguinaldo el lunes 6 de julio.
En el caso de los jubilados del sistema previsional, el aguinaldo se percibe en la misma fecha que la prestación social principal de la Anses. Dependiendo del nivel de ingresos, el pago corresponde a la segunda, tercera o cuarta semana del mes. Según el monto de las jubilaciones, los pagos se organizan en diferentes semanas, siempre tomando en cuenta la terminación del DNI. Para conocer la fecha exacta de los pagos, se recomienda consultar el calendario que publica la Anses al inicio de cada mes y verificar el día correspondiente según la prestación que se recibe.









