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La contundente reacción del propietario de Manaos ante la sentencia que obliga a pagar $800 millones a un exempleado

22 abril, 2026
in Economía
La contundente reacción del propietario de Manaos ante la sentencia que obliga a pagar $800 millones a un exempleado
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La respuesta de Manaos frente a la resolución judicial que la obliga a indemnizar a un exempleado con una suma millonaria no se tradujo en un extenso comunicado o una serie de recursos legales, sino en una confesión marcada por la resignación y el descontento. “Se pagará”, fueron las breves palabras que expresó Orlando Canido, dueño de Manaos, al ser consultado sobre el asunto. Con un tono de resignación, dejó entrever que la empresa ya ha asumido el impacto financiero de los $800 millones, y se activó el conteo de cinco días que la justicia le otorgó para realizar el depósito de esta cifra histórica.

La instrucción de pago definitiva derivó de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que desestimó el último recurso extraordinario federal presentado por Refres Now, la comercializadora de la marca de bebidas. Los magistrados Omar Alejandro Palermo, Norma Llatser y Mario Daniel Adaro concluyeron que la solicitud para llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación era “improcedente en lo sustancial”, ya que se trataba de una cuestión de hecho sujeta al derecho común y ajena a la vía extraordinaria federal. Esta decisión del tribunal provincial agota todas las instancias de apelación y consolida la sentencia que obliga a la empresa a desembolsar la suma exacta de $807.676.293,72.

Canido aseguró no estar al tanto de la determinación judicial. “El estudio jurídico está llevando todo adelante. No sé qué definió la Corte”, expresó. No obstante, tras ser informado sobre el fallo definitivo, lamentó la situación y confirmó con desasosiego que “se pagará”, lo que conllevará un costoso desembolso para la compañía.

El conflicto legal que resultó en esta cantidad millonaria comenzó con la demanda de un exempleado que trabajó como distribuidor en las provincias de Mendoza, San Juan y La Pampa entre 2013 y 2022, quien presentó una acción por despido indirecto. El trabajador alegó varias irregularidades en su registración laboral, afirmando que la relación contractual formalizó en 2015, a pesar de que sus funciones iniciaron en octubre de 2013 con modalidades de contratación que no reflejaban la relación real. Asimismo, la demanda incluyó reclamos por descuentos indebidos y maniobras de evasión previsional.

Canido había expresado anteriormente su desacuerdo con el desarrollo del caso, considerando el fallo original como fuera de contexto. En fases previas, el titular de la firma sostuvo no comprender los criterios que llevaron a los jueces a determinar montos de tal envergadura. “Ahora todo está en manos de un estudio jurídico”, había indicado el empresario meses atrás, cuando la Cámara Segunda del Trabajo de San Rafael, compuesta por Gonzalo Rivero, Mariana Carayol y Javier Castrillejo, fijó inicialmente la indemnización en una cifra cercana a los $1.500 millones, que incluía $227 millones de capital y más de $1.200 millones en intereses y costas.

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