En un comunicado divulgado a través de redes sociales, Boca anunció una serie de cambios en el uso de los abonos. Entre ellos, se destacó la necesidad de confirmar la asistencia con hasta un día de antelación. En caso de no utilizar la ubicación, se ofrecen dos alternativas: ceder el asiento mediante el sistema de Abono Solidario para que lo utilice otro socio, o presentar un grupo de hasta seis socios de cualquier categoría para ocupar el butaca, que solo podrá modificarse una vez al año, salvo situaciones de fuerza mayor.
Previamente, los abonos eran transferibles a cualquier persona, sea o no socia. El abonado debía realizar un pago por adelantado de entre 700 y 3 mil dólares, según la ubicación, y gozaba de su lugar durante un año. Con estas nuevas reglas, Boca pretende evitar que queden espacios vacíos, aprovechando la alta demanda. Sin embargo, esto limita la flexibilidad de quienes ya habían adquirido previamente los asientos, argumento que utilizó el magistrado Mario Olano Melo para conceder la medida cautelar en la causa titulada “Sofía Gracia Rapazzo y otros contra el Club Atlético Boca Juniors”.
El juez instruyó a la Comisión Directiva presidida por Juan Román Riquelme a abstenerse de cancelar, declarar caducos, transferir, reasignar o disponer de los abonos de los demandantes de alguna otra forma en beneficio de terceros. Asimismo, ordenó habilitar, en un plazo de cinco días, la renovación y pago de los abonos por parte de los actores, respetando las ubicaciones que actualmente ocupan y conservando los derechos y obligaciones correspondientes.
La decisión también establece que, “hasta la traba de la litis principal”, no se aplicará a los abonados “el requisito de utilización mínima del 80% previsto en el nuevo Reglamento de Abonos, ni se restringirá el préstamo gratuito de las ubicaciones a una nómina cerrada de seis socios”. La medida cautelar prohíbe “adoptar medidas basadas en determinadas disposiciones del nuevo reglamento que puedan obstaculizar la protección concedida o afectar la antigüedad de los actores”.
La demanda fue presentada por el abogado Hernán Mariano Frajnd en representación de seis abonados: la mencionada Rapazzo, Jonathan García Pradi, Claudia Kalinec, Luis Wuhl, Horacio Santos Tolini y Juan Carlos De Luca.
Según los argumentos del letrado, que fueron considerados por Olano Melo, “cada uno de los actores reviste el carácter de consumidor, ya que contratan dicho servicio como destinatarios finales, para su uso personal o en beneficio de su grupo familiar o social. Además de la cuota correspondiente a su condición de socio, los abonados deben realizar un pago específico, adicional y oneroso para adquirir o renovar anualmente el derecho de uso de una determinada platea o palco”.
Un antecedente mencionado en el reclamo de los seis abonados data del 27 de agosto de 2024, cuando Roberto Mario Minoyetti presentó un caso similar ante la Justicia. “Se destacó que la falta de finalidad de lucro de la asociación civil no impide atribuirle el carácter de proveedor cuando desarrolla una actividad económica organizada, profesional y recurrente destinada a ofrecer servicios a consumidores”.
Boca cuenta con 22.932 abonados entre plateítas y palquistas, que representan aproximadamente 30 millones de dólares en ganancias anuales, equivalentes al 25% de su presupuesto. En agosto, ya había enfrentado un gran conflicto con estos abonados debido a la mudanza al estadio Tomás Ducó para resembrar el campo de juego de la Bombonera, lo que generó numerosas quejas, dado que Huracán solo dispone de 8.813 asientos y muchos abonados no pudieron acceder a sus lugares a través de la plataforma “Soy Socio”.









