Este beneficio, que se distribuye en dos cuotas anuales, se concede a empleados del sector privado, la administración pública y empresas estatales en el mes de junio. También lo reciben los trabajadores registrados, así como jubilados y pensionados del sistema previsional.
Según la ley 27.073, la primera cuota del aguinaldo debe ser abonada a más tardar el 30 de junio. En 2026, esta fecha caerá un martes. Sin embargo, las empresas cuentan con un plazo adicional de cuatro días hábiles para realizar los pagos, lo que significa que algunos trabajadores podrían recibir su aguinaldo hasta el lunes 6 de julio. Esta medida busca facilitar el proceso administrativo en la liquidación de salarios.
Para calcular el aguinaldo, se toma como base el 50% de la mayor remuneración mensual del trabajador durante el primer semestre, que comprende de enero a junio. En casos donde el empleado no haya trabajado seis meses, el cálculo se realiza de forma proporcional. En este sentido, se utiliza la fórmula que divide el salario máximo por 12 y multiplica el resultado por la cantidad de meses trabajados.
Por ejemplo, si un trabajador recibió un sueldo máximo de $100.000 y laboró durante todo el semestre, el aguinaldo será de $50.000. Es importante obtener la fecha exacta de inicio de actividades para asegurar la precisión en el cálculo.
Los jubilados de la Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social) recibirán su aguinaldo el mismo día que perciben su prestación habitual. El cronograma de pagos es establecido por el organismo tomando en cuenta el nivel de ingresos y la terminación del documento nacional de identidad, lo que posibilita que los pagos se realicen en la segunda, tercera o cuarta semana del mes.
Es recomendable que los jubilados consulten el calendario que publica la Anses al inicio del período para confirmar la fecha específica correspondiente a su prestación.
Cabe destacar que hay trabajadores que no se beneficiarán con este pago. Los trabajadores informales sin aportes, los monotributistas y aquellos que no forman parte del régimen de relación de dependencia laboral no recibirán aguinaldo. Esta exclusión determina el alcance del beneficio en la economía del país.
El cumplimiento de esta obligación es esencial para los empleadores y constituye un elemento fundamental en la estructura de ingresos de los trabajadores registrados.









