La Cámara Federal de Casación Penal, con el voto de los jueces Alejandro Slokar y Mariano Borinsky, dictaminó que la causa ha prescripto debido al transcurso del tiempo y ordenó al tribunal oral que impuso la condena que resuelva en consecuencia. El juez Javier Carbajo emitió un voto en disidencia. Este caso se encuentra ahora bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia, que tendrá la última palabra.
La Sala II de la Cámara de Casación aceptó los recursos presentados por Moreno y Paglieri, quienes cuestionaron la decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había rechazado el argumento de que la acción penal había prescripto. Ahora, la Cámara de Casación ha devuelto el asunto al tribunal oral para que emita un nuevo fallo. Aunque su pronunciamiento no declara la prescripción de la acción penal ni absolve a los condenados, orienta al tribunal a actuar de acuerdo a este nuevo criterio.
Moreno y Paglieri habían sido condenados el 7 de agosto de 2024 por el Tribunal Oral Federal N° 2 a tres años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación para ocupar cargos públicos, tras ser hallados culpables de abuso de autoridad y de destrucción e inutilización de registros públicos.
La condena se basó en la manipulación de los datos del Índice de Precios al Consumidor en el último semestre de 2007, periodo durante el cual Moreno ocupaba la secretaría de Comercio y Paglieri era responsable de la elaboración del indicador. Las otras dos procesadas en el juicio, María Celeste Cámpora Avellaneda y Marcela Lucía Filia, fueron absueltas.
En mayo de 2025, la Sala II de Casación, con otra composición, confirmó la condena, pero las defensas apelaron a la Corte Suprema de Justicia, donde el caso aún aguarda un veredicto.
Sin embargo, los abogados de Moreno y Paglieri presentaron un nuevo pedido al tribunal oral argumentando que la causa ya había prescripto.
El Código Penal establece que la prescripción en delitos cometidos en el ejercicio de la función pública se suspende para todos los implicados mientras alguno de ellos ocupe un cargo público. No obstante, la interpretación minoritaria defendida por Borinsky sostiene que debe evaluarse si el funcionario en cuestión tuvo la capacidad de obstaculizar la causa.
La defensa sostuvo que el plazo de cuatro años correspondiente a los delitos imputados había expirado, y que no se podía argumentar que uno de los acusados, Filia, seguía en funciones, dado que ya había sido absuelta.
El tribunal oral había declinado aceptar el argumento, pero la Casación ahora ha dado la razón a las defensas.
El juez Slokar, en un voto que también apoyó Borinsky, aclaró que la suspensión de la prescripción “no opera de manera automática” solo porque un imputado sea funcionario, sino que “es imperativo que dicho cargo posea la capacidad concreta de dificultar o impedir el desarrollo de la persecución penal”.
Se citan doctrinas del juez Eugenio Zaffaroni, así como jurisprudencia relevante.
El tribunal originario había verificado que Filia continuó en el Indec al menos hasta julio de 2025, de ahí su conclusión de que el caso no había prescripto. Sin embargo, los camaristas consideraron que no tomar en cuenta el análisis de su rol era un factor relevante, ya que era una empleada administrativa que seguía directivas.
El juez Carbajo se opuso a esta postura, basándose en la letra de la ley.
El tribunal de origen deberá evaluar si la función que Filia ocupar tuvo o no la capacidad de obstaculizar la persecución penal, conforme al criterio establecido por la Cámara de Casación.
A pesar de esto, sigue pendiente un fallo de la Corte Suprema de Justicia respecto a la condena. Será en esta instancia donde se determinará el destino del caso iniciado en 2007.
Moreno enfrenta otras dos condenas confirmadas por la Corte, con penas de prisión conmutable. Una fue por peculado, con dos años y seis meses de prisión en suspenso, por usar fondos del Estado Nacional para financiar y adquirir merchandising (globos, banderas, calcomanías y gigantografías) con inscripciones como “Clarín Miente”, utilizados en campañas políticas entre 2011 y 2013.
Además, fue condenado por amenazas en una asamblea de Papel Prensa, con una condena de dos años de prisión en suspenso. Esta asamblea tuvo lugar en agosto de 2010, cuando irrumpió con guantes de boxeo, obstaculizando la votación y amenazando a los accionistas privados.









